miércoles, abril 22, 2009

El estatismo en la mirada de Ibn Jaldum (1370)

Ocurre con frecuencia que el sultán se apropia de productos y mercancías por la fuerza, o a un precio irrisorio, puesto que nadie osa discutirle, lo cual redunda en fuerte pérdida para los vendedores. Por otra parte, cuando cosecha los frutos de sus cultivos, tales como granos, seda, miel, azúcar y otros productos de esta índole, o que ya se encuentre en posesión de una grande cantidad de diversas mercancías, al estar obligado a subvenir inmediatamente las necesidades del Estado, no puede esperar la temporada de los mercados, ni la demanda regular de esos artículos; por tanto, compele a los comerciantes de los respectivos ramos a comprárselos, y a un precio que excede regularmente el valor real de dichos artículos. De tal suerte se ven privados de su dinero contante, sobrecargados de mercancías que quedarán en su poder largo tiempo inactivas, y forzados a suspender las operaciones que les producían para vivir. Por esta razón, cuando la necesidad de dinero los apremia a vender una parte de esas mercancías, apenas le sacan un exiguo precio, debido al estado siempre languidecente del comercio.
Quizá suceda a menudo que un negociante o un agricultor se deshaga así de sus fondos gradualmente, hasta agotar su capital, y verse obligado a cruzarse de brazos. Casos semejantes se reproducen frecuentemente, con gran perjuicio para el público: en consecuencia concluyen en no alcanzar ganancia alguna, en sentirse agobiados por una dura estrechez, y carentes de todo aliento para seguir bregando en sus ocupaciones. Los ingresos del país se resienten, puesto que consisten casi enteramente en contribuciones pagadas por los agricultores y los comerciantes. Sobre todo después del establecimiento de derechos de mercado para incrementar la renta del gobierno que ello se hace más sensible. Si los agricultores y los comerciantes renuncian a sus actividades, la renta deja de existir, o cuando menos sufriría una merma enorme. Si el soberano comparara las débiles utilidades (que derivan de sus empresas comerciales y agrícolas) con las sumas provenientes de los impuestos, las encontraría menos que insignificantes. Aun cuando estas operaciones le rindieran considerablemente, le causarían mucho mayor pérdida del lado de la renta, porque ordinariamente no se le obliga a pagar los derechos de entrada ni de venta, mientras que a los demás comerciantes se les exige siempre la cuenta del erario. Añádase a ello que esas empresas gubernamentales implican una vulneración a los intereses de los súbditos, cuyo quebranto se traduce en menoscabo del reino. En efecto, si los súbditos del Estado carecen de oportunidad para incrementar su dinero en el comercio y la agricultura, dicho dinero se va disminuyendo día con día, y, una vez consumido por los gastos, quedarán en la ruina. Eso es un hecho que debe considerarse detenidamente.

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